
Vida



El seguro de vida garantiza la percepción de un capital en caso de fallecimiento o invalidez absoluta por cualquier causa, permitiendo cubrir dos necesidades básicas.
- La seguridad del desarrollo del proyecto familiar de la persona asegurada.
- La garantía en la continuidad de un negocio.
Entendiendo por proyecto familiar, no solo el referente a la liberación de las cargas económicas existentes:
- Cancelación de préstamos hipotecarios o personales, donde el seguro de accidentes permite cancelar la deuda y ceder a los herederos, en primer lugar y en caso de fallecimiento, el inmueble o el bien objeto del préstamo, libre de cargas; y en segundo lugar en el caso de incapacidad, liberar al Asegurado de unos pagos futuros que probablemente no podrá afrontar por la reducción de ingresos que supondrá a buen seguro dicha incapacidad.
Sino también a los proyectos orientados a:
- Mantenimiento del nivel económico familiar preexistente con anterioridad al fallecimiento o incapacidad. El coche, un determinado standard de vivienda, la educacion de los hijos, estudios post-grado, vacaciones, distintas actividades de ocio, y una larga lista que dependerá del nivel de ingresos de la unidad familiar.
Adicionalmente se pueden cubrir, necesidades de tipo accesorio:
- El acceso rápido a los bienes procedentes de una herencia, facilitando la liquidacion del impuesto de Sucesiones.
- El de permitir afrontar los gastos de los servicios funerarios del Asegurado, compensando el desembolso económico hecho por la familia.
Las posibles pérdidas económicas, por el fallecimiento o retiro anticipado por la incapacidad de la persona considerada clave como el motor del desarrollo de una determinada actividad profesional o de un determinado negocio, justifican también el aseguramiento de la persona.
